¿Qué fechas definen tu año?
Ya no existe el decreto de plazos de cada año
Mucha gente sigue esperando en diciembre «el decreto de plazos del año que viene». No va a llegar: el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023 fijó los plazos de forma permanente y expresados en días hábiles; sus artículos dicen literalmente «y en adelante para cada año subsiguiente». Desde entonces la DIAN solo publica el Calendario Tributario, que deriva las fechas de ese decreto.
La consecuencia práctica: como se cuentan días hábiles, un festivo nuevo mueve todo el mes. En 2026 pasó dos veces (el día cívico del 17 de abril y el festivo del 13 de julio, Ley 2578 de 2026) y los calendarios publicados en diciembre de 2025 quedaron desactualizados. Las fechas de abajo ya incluyen esos ajustes.
- Inscripción o retiro del Simple: hasta el viernes 27 de febrero de 2026, el último día hábil de febrero. Aplica para quienes ya tienen RUT y quieren pasarse (responsabilidad 47). Los negocios nuevos pueden entrar al registrar su RUT en cualquier fecha.
- IVA anual consolidado (responsables de IVA en el Simple): vence en febrero, según el último dígito del NIT.
- Declaración anual consolidada (Formulario 260): vence en abril, según el último dígito del NIT.
- Anticipos bimestrales (Formulario 2593): seis vencimientos repartidos en el año, también por dígito de NIT.
Declaraciones anuales 2026 por último dígito del NIT
La DIAN reparte los vencimientos según el último dígito de tu NIT (sin contar el dígito de verificación). Estas son las dos declaraciones anuales del Simple:
En lenguaje claro
Último dígito del NIT: el último número de tu NIT antes del guion, sin contar el dígito de verificación. Con ese número la DIAN reparte los vencimientos: es lo que define qué día del mes te corresponde.| Último dígito del NIT | IVA anual (Formulario 300) | Declaración anual consolidada F-260 (abril) |
|---|---|---|
| 1 o 2 | 16 de febrero | 20 de abril |
| 3 o 4 | 17 de febrero | 21 de abril |
| 5 o 6 | 18 de febrero | 22 de abril |
| 7 o 8 | 19 de febrero | 23 de abril |
| 9 o 0 | 20 de febrero | 24 de abril |
Fuente: Calendario Tributario 2026 de la DIAN y arts. 1.6.1.13.2.50 y .51 del Decreto 1625 de 2016 (Decreto 2229 de 2023). Las fechas de abril ya incorporan el día cívico del 17 de abril de 2026.
¿No eres responsable de IVA, como la mayoría de médicos y otros servicios de salud? Entonces la columna de febrero no te aplica: tu año tiene una declaración anual, la de abril, más los anticipos.
Anticipos bimestrales F-2593 en 2026
Cada bimestre se paga entre el séptimo y el décimo sexto día hábil del mes de vencimiento, unas semanas después de cerrado el periodo. Fíjate en el rezago: el bimestre de enero y febrero se paga en mayo, y el último cae ya en enero del año siguiente. No hay vencimientos en marzo, abril, agosto, octubre ni diciembre.
En lenguaje claro
Formulario 2593: el recibo electrónico con el que pagas tu anticipo cada dos meses. No es una declaración: es un abono a tu impuesto del año, que se cruza en la declaración anual de abril.| Último dígito | Ene – feb | Mar – abr | May – jun | Jul – ago | Sep – oct | Nov – dic |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | 12 may | 10 jun | 9 jul | 9 sep | 11 nov | 13 ene 2027 |
| 2 | 13 may | 11 jun | 10 jul | 10 sep | 12 nov | 14 ene 2027 |
| 3 | 14 may | 12 jun | 14 jul | 11 sep | 13 nov | 15 ene 2027 |
| 4 | 15 may | 16 jun | 15 jul | 14 sep | 17 nov | 18 ene 2027 |
| 5 | 19 may | 17 jun | 16 jul | 15 sep | 18 nov | 19 ene 2027 |
| 6 | 20 may | 18 jun | 17 jul | 16 sep | 19 nov | 20 ene 2027 |
| 7 | 21 may | 19 jun | 21 jul | 17 sep | 20 nov | 21 ene 2027 |
| 8 | 22 may | 22 jun | 22 jul | 18 sep | 23 nov | 22 ene 2027 |
| 9 | 25 may | 23 jun | 23 jul | 21 sep | 24 nov | 25 ene 2027 |
| 0 | 26 may | 24 jun | 24 jul | 22 sep | 25 nov | 26 ene 2027 |
Fuente: Calendario Tributario 2026 de la DIAN y art. 1.6.1.13.2.52 del Decreto 1625 de 2016 (Decreto 2229 de 2023). Julio ya incorpora el festivo del 13 de julio de 2026.
Recuerda la excepción del capítulo 4: si eres persona natural y tus ingresos brutos de 2025 no superaron 3.500 UVT ($183 millones con la UVT de 2026), la norma te libera de pagar anticipos. Ten en cuenta el matiz: si eres responsable de IVA o de impuesto al consumo, sigues presentando el 2593 para trasladarlos. Y la declaración anual de abril sigue siendo tuya.
Cómo no perder ninguna fecha
- Ancla el año en tres momentos: febrero (inscripción + IVA anual), abril (consolidada) y los seis pagos bimestrales. Todo lo demás del Simple se cuelga de ahí.
- Agenda los vencimientos con una semana de colchón. El portal de la DIAN se congestiona los días de vencimiento, y “se cayó la página” no borra la sanción.
- Verifica tu dígito. Es el último número de tu NIT antes del guion del dígito de verificación. Confundirlo es un error frecuente y costoso.
- Delegar también es un calendario. Si alguien más presenta por ti, cada fecha llega preparada. Es literalmente lo que hacemos por nuestros clientes.
Llegar tarde a cualquiera de estas fechas cuesta dinero: la sanción mínima, los intereses y, en el peor caso, la exclusión del régimen. De eso hablamos en el capítulo 8, con la salida incluida.
Preguntas frecuentes
